EL PRESUPUESTO, EVALUACION,
INFORME DE GESTION. CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO. EL INFORME DEL TRIBUNAL DE
CUENTAS EN EL MARCO DE LA LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA.
HACIA UN EFICAZ INFORME DE
GESTION.
INDICE
RESUMEN
DESARROLLO DEL
TEMA
I.- INTRODUCCION
1.- La Reforma del Sector
Público Nacional
2.- Sanción de la Ley Nº
24.156
3.- Coordinación de la Reforma
con las Provincias y Municipalidades
II.- LA REFORMA EN LA PROVINCIA
DEL CHACO
1.-Ley de Administración
Financiera
2.- Apreciaciones sobre la
situación actual de la Adm. Financiera
3.- El control interno y el
control externo en la Ley Nº 4.787
III.- LA CUENTA GENERAL DEL
EJERCICIO EN LA LEY Nº 4.787
IV.- EL PRESUPUESTO.
INFORME DE GESTION
V.- EL INFORME DEL TRIBUNAL DE
CUENTAS. Modelo de Informe aprobado por el Tribunal de Cuentas de la Provincia
del Chaco
CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
1.-
Conclusiones
2.- Recomendaciones al I. E.
T. E. I.
RESUMEN:
La sanción de la Ley N° 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional que rige desde el 1/1/1993, produjo modificaciones sustanciales en la
gestión y control de la hacienda pública. Concibe a la Administración
financiera como el conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos
administrativos que hacen posible la obtención de los recursos y su aplicación
para el cumplimiento de los objetivos del estado, de acuerdo con principios de
regularidad financiera, legalidad, economía eficiencia y eficacia. En cuanto al
control establece un modelo integral e integrado basado en los criterios de
economía, eficiencia y eficacia, orientado al análisis de la gestión
presupuestaria, económica, financiera, patrimonial y legal, como así también a
la evaluación de programas, proyectos y operaciones.
Uno de los objetivos propuestos era que
las provincias y municipalidades adoptaran este modelo, respetando y adaptando
sus propias legislaciones. Las provincias en distintos momentos a lo largo del
tiempo transcurrido fueron modificando sus propias leyes. Pero es dable
observar que la realidad demuestra que su aplicación dista de ser completa.
Así, en mi Provincia del Chaco, la Ley
N° 4.787 fue sancionada a fines del año 2000 y demuestro que no se encuentra
totalmente operativa. Esta situación genera inconvenientes tanto en la
formulación de los presupuestos, como en su ejecución, control y evaluación.
Por lo tanto, la Cuenta General del Ejercicio no ofrece confiabilidad y además
su presentación tardía, torna inoficiosa su estudio e informe que presenta a la
Cámara de Diputados el Tribunal de Cuentas. Tan es así, que la Cámara envió a
archivo, sin tratarla y sin expedirse el de las dos últimas cuentas remitidas,
Ejercicios 1999 y 2000.
El desarrollo además trata sobre el
control de gestión, que cambia la óptica del control mismo ya que se orienta al
cumplimiento de metas que se proponen en planes, proyectos y programas que
conforman la nueva técnica de presupuestación. La evaluación de estos programas
está orientado a los resultados de la gestión bajo los mismos principios de
legalidad, economía, eficiencia y eficacia. En las recomendaciones que efectúo,
manifiesto mi inquietud respecto a la necesidad de estudiar metodologías de
medición para un eficiente control de gestión, que requerirá la participación
de equipos interdisciplinarios y cómo se incorpora los resultados de este
control al Informe de la Cuenta General del Ejercicio.
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